Logotipo MEXEMMEXEM MEDICINA DE URGENCIAS← Volver a la web

INFORMACIÓN LEGAL · 11 DE OCTUBRE DE 2026

Información y consentimiento para telemedicina

Documento informativo; el consentimiento clínico se recaba aparte

No constituye consentimiento clínico firmado. El contenido explica la modalidad. La obtención, verificación y registro del consentimiento informado ocurrirán antes de una teleconsulta real, dentro de un procedimiento clínico que permita dejar constancia válida.

1. Servicio y duración

Consulta médica remota por videollamada programada con duración orientativa de 15 minutos, ampliable o reconducible a consulta presencial cuando la valoración así lo exija. Tarifa $300 MXN, con anticipo de $200 MXN descontable, sujeto a disponibilidad y políticas informadas antes del pago.

2. Identidad, ubicación y capacidad

Antes de comenzar se verificará la identidad y la ubicación actual del paciente, sus medios de contacto y, cuando corresponda, la legitimación de quien ejerce la representación legal. El profesional se identificará y explicará el procedimiento, los participantes y su alcance. Es necesario un espacio privado y conexión razonablemente estable.

3. Alcance y limitaciones

El médico podrá realizar interrogatorio, revisar antecedentes y estudios disponibles y orientar recomendaciones apropiadas. La exploración física remota es limitada: podrían no ser posibles diagnósticos definitivos o prescripciones y ser necesaria valoración presencial, estudios complementarios o atención inmediata. No se prometen resultados clínicos específicos.

4. Riesgos y alternativas

Existen riesgos de fallas de audio/video, interrupción de comunicaciones, exposición involuntaria de información y limitaciones diagnósticas. El paciente puede optar por valoración presencial y hacer preguntas antes de aceptar. Si ocurre una interrupción significativa, se acordará continuar por una vía adecuada o reprogramar, sin sustituir atención de emergencia.

5. Confidencialidad, expediente y grabaciones

La información clínica debe documentarse en el expediente conforme a las normas aplicables. La videollamada no se grabará automáticamente; cualquier grabación requerirá justificación y consentimiento específico conforme a derecho. Las recetas, indicaciones y demás documentos se expedirán únicamente si están clínicamente indicados y son legalmente procedentes. El consentimiento de privacidad para datos sensibles es un proceso complementario e independiente.

6. Emergencias y señales de alarma

La telemedicina programada NO es un canal de urgencias en tiempo real. Dolor torácico intenso, dificultad respiratoria, sangrado severo, alteración del estado de alerta, déficit neurológico agudo u otra amenaza para la vida ameritan acudir a urgencias o llamar al 911 de inmediato.

7. Constancia informada antes de atender

El proceso clínico deberá confirmar: identidad y representantes, explicación de beneficios/riesgos, límites de la valoración remota, derecho a preguntar y elegir alternativa presencial, datos sensibles y mecanismo de consentimiento, plan ante falla técnica, documentación en expediente y revocación según proceda. La simple lectura de este documento o una casilla en la solicitud de cita no reemplaza ese acto clínico.

Marco de referencia: OMS (2022), Asociación Médica Mundial (2022) y NOM-004-SSA3-2012.

Aviso de privacidad integralTérminos y condiciones de usoPagos, cambios y devolucionesCookies y plataformas externasAvisos médicos, licencias y seguridadReferencias normativas y bibliografía APA 7

Documento editorial pendiente de validación legal y configuración operativa final. © 2026 MEXEM · Dr. Allan Jonathan Martínez Quiroz.